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Esta semana se cumple un año desde que Sanidad restituyera la atención sanitaria a las personas extranjeras sin recursos

19/12/2016
Esta semana se cumple un año desde que Sanidad restituyera la atención sanitaria a las personas extranjeras sin recursos

Esta semana se cumple un año desde que la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias recuperara la asistencia sanitaria para un sector de la población, excluida hasta ese momento del servicio público de salud, mediante la entrada en vigor el 13 de diciembre de 2015 de la Orden que regula el acceso al derecho a la asistencia sanitaria de las personas extranjeras en situación administrativa irregular.

La puesta en marcha de esta orden facilita el acceso a los recursos sanitarios públicos de la población que había quedado privada de este derecho en base al Real Decreto-Ley 16/2012 aprobado por el Gobierno central. Supone, además de permitir recuperar el derecho a una sanidad universal, pública y financiada con los impuestos que pagamos todos y todas, para todos los ciudadanos de las islas, la eliminación del proceso de tramitación fijado para dar cobertura a las personas extranjeras sin recursos residentes en Canarias creado en el año 2013, como consecuencia de las medidas de austeridad implantadas por el Gobierno central, además de que se simplifican los requisitos que debían cumplir los beneficiarios.

El objetivo de la Consejería de Sanidad, con la aprobación de esta Orden, es mejorar el nivel de salud de toda la población, centrándose en aquellas personas extranjeras que carezcan de recursos económicos suficientes y estén empadronadas en la Comunidad Autónoma de Canarias, sin discriminación alguna.

Un total de 1.554 personas se han podido acoger a una medida necesaria que ha permitido flexibilizar, dentro del marco legal imperante, el acceso al sistema público de salud de una parte de la población en situación de exclusión sanitaria. La entrada en vigor de esta orden autonómica se ha materializado en 1.184 documentos acreditativos emitidos a ciudadanos y ciudadanas que, hasta ese momento, habían quedado excluidos y excluidas del sistema y sin posibilidad de recibir asistencia sanitaria pública y financiada por todos y todas.

La población a la que van dirigidas estas actuaciones está constituida por personas extranjeras que acrediten el cumplimiento de los criterios de inclusión, entre los que figura  no tener derecho a la condición de asegurado ni beneficiario reconocido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o, en su caso, el Instituto Social de la Marina (ISM), ni a exportar el derecho a la asistencia sanitaria desde el país de origen, así como no tener suscrito un convenio especial para recibir asistencia.

A estos criterios se añade estar empadronado, con permanencia continuada en uno o varios ayuntamientos de las Islas, con una antigüedad igual o mayor de tres meses; no disponer de ingresos en España o en el país de origen o procedencia, que sean igual o superiores en el cómputo anual a 1,5 veces del valor del IPREM; no estar asegurado en ningún Estado miembro de la UE, EEE o Suiza, en el caso de los nacionales de la UE; y no estar incluido en las situaciones especiales a las que se refiere el art. 1.3 del Real Decreto Ley 16/2012, de 20 abril, ni en las disposiciones adicionales cuarta y quinta del RD 1192/2012, de 3 de agosto, reguladoras de la condición de asegurado y beneficiario.

Para acogerse a este programa es necesaria la presentación de una solicitud, de manera individual, junto a la documentación establecida al efecto, que será resuelta por la Gerencia de Atención Primaria o de Servicios Sanitarios de la isla de residencia, que emitirá el correspondiente documento acreditativo. Tanto este documento, así como el que acredite la identidad del paciente, deberá aportarse cuando la persona precise asistencia sanitaria.

Requisitos

Las personas extranjeras que sean incluidas en el programa deberán comunicar al Servicio o Canario de la Salud (SCS) cualquier modificación de sus circunstancias personales, familiares, económicas y de permanencia continuada que puedan suponer la extinción de la prestación, en el plazo de un mes. Asimismo, presentarán en los tres primeros meses del año, una declaración responsable sobre la no variación de los requisitos y condiciones exigidas.

Por su parte, la administración sanitaria podrá comprobar que se siguen cumpliendo los criterios de inclusión, requiriendo la documentación al propio interesado, en especial en cuanto a la permanencia continuada y recursos económicos.

La asistencia sanitaria a la que tendrán acceso estas personas es la incluida en la cartera común del Sistema Nacional de Salud (SCS), esto es, prestaciones de salud pública, atención primaria, atención especializada, atención de urgencia, prestación farmacéutica, prestación ortoprotésica, prestación de productos dietéticos y de transporte sanitario.

En el caso de la prestación farmacéutica, estos usuarios deberán aportar el 40% del precio del medicamento; cantidad que será del 10% en los pertenecientes a los grupos ATC (Anatomical Therapeutic Chemical classification) de aportación reducida, con el máximo que se establezca para el resto de los asegurados y beneficiarios del SNS.

En cualquier caso no se incluirá la atención sanitaria en otra comunidad autónoma distinta.

Con esta medida, la Consejería de Sanidad no solo garantiza la atención sanitaria de la población del Archipiélago, lo que redundará en un mejor control y seguimiento de la salud pública, sino que además facilita un uso adecuado de los servicios de urgencias, evitando sobrecargas asistenciales y aglomeraciones.

Así pues, se continúa en la mejora continua de un excelente prestador de servicio, el Servicio Canario de la Salud, que tiene la obligación de dar cobertura sanitaria a todas las personas, su personal sanitario y no sanitario tiene la responsabilidad de llevar a cabo la atención según la normativa en vigor y todas las personas tienen derecho a la atención sanitaria.